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Elección cooperativas

1.1. Para cooperativas que postulen candidato

ARTÍCULO 4. REQUISITOS DE LAS COOPERATIVAS QUE DESEEN POSTULAR CANDIDATO.

Podrán postular candidatos únicamente las cooperativas de porcicultores que funcionan en Colombia que:

  1. Estén debidamente constituidas y registradas conforme a la normativa
    aplicable, lo cual se validará mediante certificado de existencia y representación legal de la cooperativa,
    expedido por la autoridad competente con una antelación no mayor a treinta (30) días calendario a la fecha de
    inscripción.
  2. Su objeto social contemple que son una cooperativa, o se aprecie que busca
    establecer el agrupar a personas que desarrollen actividades relacionadas con la porcicultura.
  3. A la fecha de inscripción, la cooperativa cuente como mínimo con tres (3) años
    de antigüedad, desde su registro.
  4. La cooperativa se encuentre activa y no esté en proceso de liquidación y/o
    disolución.

 

PARÁGRAFO. Las cooperativas deberán presentar la lista de todos sus
asociados, donde se evidencie número de identificación o NIT, para que PORKCOLOMBIA pueda validar que todos sus
integrantes sean aportantes al FONDO NACIONAL DE LA PORCICULTURA y se encuentren al día en el pago de la cuota
respectiva.

ARTÍCULO 6. REQUISITOS GENERALES DE LOS CANDIDATOS. Los candidatos deberán
cumplir, como mínimo, los siguientes requisitos acorde con el Decreto 1222 de 2025 artículo 2.10.4.1.10.

  • Ser asociado activo de una cooperativa aportante;
  • Ser sujeto pasivo de la contribución parafiscal correspondiente durante un
    periodo no inferior a dos (2) años consecutivos y estar al día en el pago de la cuota al momento de la
    inscripción;
  • Ser mayor de edad y tener nacionalidad colombiana;
  • No tener antecedentes penales, disciplinarios o fiscales vigentes, salvo por
    delitos políticos y culposos;
  • No tener suspendidos sus derechos civiles y políticos por sentencia penal
    ejecutoriada;
  • No estar inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM);
  • No estar gozando de pensión o tener edad de retiro forzoso, salvo excepciones
    legales;
  • No formar parte de la junta directiva o demás órganos de administración de la
    entidad contratista administradora del Fondo Nacional de la Porcicultura o haberlo sido durante los dos (2) años
    previos a la inscripción como candidato;
  • Contar con al menos cinco (5) años de experiencia laboral pertinente, o
    formación técnica, tecnóloga o profesional a tiempo completo, asociadas a la gestión o administración de empresas,
    agropecuarias o forestales, o en áreas de conocimiento relacionadas.


Artículo 8. INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS. 
Una vez seleccionados los candidatos por medios democráticos por parte de
las cooperativas, estas procederán a la inscripción de sus candidatos ante PORKCOLOMBIA en calidad de administradora
del Fondo Nacional de la Porcicultura de acuerdo con las siguientes condiciones:

  1. La postulación de candidatos se realizará por escrito, a través del
    representante legal de la cooperativa, y deberá presentarse dentro del plazo señalado en la convocatoria.
  2. La solicitud de inscripción deberá acompañarse de:
     
    • Certificado de existencia y representación legal de la cooperativa con fecha
      de expedición no mayor a treinta (30) días calendario a la inscripción;
    • Acta de la asamblea o junta directiva que aprueba la postulación y que deje
      constancia del proceso democrático interno;
    • Carta de presentación suscrita por el representante legal informando el nombre
      del postulado indicando la calidad de principal o suplente;
    • Fotocopia de la cédula de ciudadanía del candidato;
    • Carta de aceptación de la postulación suscrita por el candidato, con
      declaración bajo juramento de no estar incurso en impedimentos;
    • Hoja de vida de los postulados con los soportes que acrediten los requisitos
      del artículo 6 del presente reglamento;
    • Copia del Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM);
    • Copia de los certificados de los antecedentes penales, disciplinarios y
      fiscales.

Artículo 9. REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE LAS COOPERATIVAS QUE DESEEN PARTICIPAR EN LA JORNADA DE ELECCIÓN.
L
as cooperativas de porcicultores del país, que deseen participar en el proceso de elección
para el representante de las Cooperativas Porcícolas ante la Junta Directiva del Fondo Nacional de la Porcicultura,
deberán inscribirse ante PORKCOLOMBIA, en el término fijado para el efecto en el cronograma establecido en el presente
reglamento.

Se debe acreditar el cumplimiento, como mínimo, de los siguientes requisitos:

  1. Su objeto social contemple que son una cooperativa, o se aprecie que busca
    establecer el agrupar a personas que desarrollen actividades relacionadas con la porcicultura.
  2. No tener antecedentes penales, disciplinarios y fiscales vigentes, salvo por
    delitos políticos y culposos.
  3. No tener suspendidos sus derechos civiles y políticos por sentencia penal
    ejecutoriada.
 
Parágrafo 1. Las inscripciones de las cooperativas votantes podrán hacerse de
forma analógica o digital.
 
Parágrafo 2. De conformidad con lo establecido en artículo 2.10.4.1.12 del
decreto 1222 de 2025, en caso de tratarse de elección de representantes a órganos directivos de fondos de fomento
provenientes de entidades sin ánimo de lucro, se realizarán democráticamente por la asamblea
general de afiliados, o por el máximo órgano de dirección, cumpliendo las garantías de
representación mínima previstas en el artículo 2.10.4.1.8, las elecciones de los miembros
previstos en los numerales 4 y 5 del artículo 6 de la Ley 272 de 1996.
 
Artículo 10. ACREDITACIÓN DOCUMENTAL PARA LA PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO
ELECTORAL. 
Las cooperativas de porcicultores que deseen inscribirse ante PORKCOLOMBIA, ya sea para participar en
la jornada de votación, para postular candidato, o para ambos propósitos, deberán radicar los documentos que se
señalan a continuación, dentro del plazo indicado en el cronograma y a través de los canales establecidos en el
artículo 12 del presente reglamento.
 
10.1. Documentos comunes — exigibles a todas las cooperativas inscritas:
 
  1. Certificado de existencia y representación legal de la cooperativa, expedido
    por la autoridad competente con una antelación no mayor a treinta (30) días calendario a la fecha de inscripción. De este documento deberá verificarse:
    A. Que el objeto social contemple actividades relacionadas con la
    porcicultura o el agrupamiento de personas que las desarrollen.
    B. Que la cooperativa se encuentre activa y no esté en proceso de liquidación o disolución.
 
10.2. Documentos adicionales — exigibles únicamente a las cooperativas que
postulen candidato:
 
2. Certificados de antecedentes disciplinarios (Procuraduría General de la
Nación), judiciales (Policía Nacional) y fiscales (Contraloría General de la República) del candidato postulado
y de su Representante Legal.
3. Acta de la Junta Directiva de la cooperativa en la que conste la decisión
de postular al candidato, el resultado del proceso democrático interno mediante el cual fue elegido, y el nombre
completo e identificación del postulado.
 
Parágrafo. PORKCOLOMBIA podrá solicitar documentos adicionales cuando lo
considere necesario para verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 4, 6 y 9 del
presente reglamento, según corresponda a la calidad en que se inscriba la cooperativa.
2.1. Inscripción de los candidatos postulados:

Del 13 de agosto al 24 de septiembre de 2026.

2.2. Inscripción para ejercer el voto:

A partir de la publicación del listado definitivo de candidatos habilitados
, prevista para el 26 de noviembre de 2026, hasta el 11 de diciembre de 2026

Canales de recepción

  • Presencial: oficina de correspondencia de Porkcolombia, Calle 37 N.° 16-52, Bogotá D. C., de lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 4:00 p. m.
  • Correo electrónico: [email protected] y/o [email protected].

La inscripción para votar puede hacerse de manera analógica o digital.

Cronograma reglamento elección representante cooperativas

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Reglamento elección miembro de cooperativa 2026 FNP

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REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE LAS COOPERATIVAS QUE DESEEN PARTICIPAR EN LA JORNADA DE ELECCIÓN Y QUE DESEEN POSTULAR CANDIDATO. (Artículo 5.) Las cooperativas de porcicultores del país, que deseen participar en el proceso de elección y/o postular candidato a ser el representante de las Cooperativas Porcícolas ante la Junta Directiva del Fondo Nacional de la Porcicultura, deberán inscribirse ante PORKCOLOMBIA, en el término fijado para el efecto en el cronograma establecido en el presente reglamento.

Para esto deberá allegar el certificado de existencia y representación legal de la cooperativa, expedido por la autoridad competente con una antelación no mayor a treinta (30) días calendario a la fecha de inscripción, de conformidad con el cronograma establecido en el presente documento. En dicho documento deberá constar el cumplimiento de los siguientes requisitos:

A. Que su objeto social establezca el agrupar a personas que desarrollen actividades relacionadas con la porcicultura, así como el de representar y proteger sus intereses y los del sector.

B. Que, a la fecha de inscripción, la cooperativa cuenta como mínimo con tres (3) años de antigüedad, desde su registro.

C. Que la cooperativa se encuentre activa y no esté en proceso de liquidación y/o disolución.

 

REQUISITOS PARA SER TENIDO EN CUENTA COMO CANDIDATO POSTULADO POR LAS JUNTAS DIRECTIVAS DE LAS COOPERATIVAS QUE FUNCIONAN EN EL PAÍS. (Artículo 6.) La Junta Directiva de cada Cooperativa Porcícola solo podrá postular un (1) candidato, el cual deberá cumplir los siguientes requisitos:

A. Ser gravados con la contribución parafiscal de la porcicultura y estar a paz y salvo en el pago de la cuota al momento de la inscripción y elección. Este hecho será corroborado y validado por PORKCOLOMBIA.

B. No tener antecedentes penales, disciplinarios, de medidas correctivas o fiscales

C. No formar parte de la Junta Directiva o demás órganos de administración de la entidad administradora del Fondo Nacional de la Porcicultura.

D. Acreditar al menos ciento veinte (120) horas de formación en administración o gestión de empresas agropecuarias o pesqueras, mediante certificado expedido por instituciones de educación oficialmente reconocidas y/o Secretarías de Agricultura Departamentales. Este requisito se entenderá cumplido si se acredita título profesional o título de tecnólogo o de técnico profesional en áreas agropecuarias o pesqueras, expedidos por instituciones de educación superior oficialmente reconocidas. En caso de tener títulos de postgrados, será necesario que el postulado lo acredite al momento de la inscripción.

Parágrafo. La Cooperativa Porcícola interesada en postular candidato deberá, además, allegar al momento de su inscripción, los siguientes documentos:

  1. Certificación del Representante Legal o Revisor Fiscal, informando el nombre completo del postulado, la antigüedad en su asociación y en qué zona ejerce la actividad porcícola.
  2. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del postulado.
  3. Antecedentes disciplinarios (Procuraduría), judiciales (Policía), Medidas correctivas (Policía) y fiscales (Contraloría) del postulado, junto con los de su Representante Legal.
  4. Soportes de los requisitos establecidos en los literales a), b) y d) del presente artículo.
  5. Acta de la Junta Directiva donde conste la decisión.

PLAZO DE INSCRIPCIÓN DE COOPERATIVAS Y CANDIDATOS (Artículo 7):

Las Cooperativas Porcícolas que funcionen en el país que deseen participar en la jornada de votación deberán inscribirse para votar y, si fuera el caso, postular candidato a ser el representante de las mismas, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la apertura del proceso de selección, radicando la totalidad de la documentación relacionada en los artículos 5 y 6 del presente reglamento, en la oficina de correspondencia de PORKCOLOMBIA, ubicada en la Calle 37 No. 16 – 52 de la ciudad de Bogotá D.C., de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Igualmente, a través del email [email protected] y/o [email protected] caso en el cual deberá remitir por este medio electrónico toda la documentación obligatoria solicitada, la que podrá ser corroborada en cualquier momento por PORKCOLOMBIA.

Cronograma

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Acta Elección Representante Cooperativas

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“Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 15 del reglamento para la elección del miembro de junta directiva ante el Fondo Nacional de la Porcicultura como representante de las cooperativas que funcionan en el país, PORKCOLOMBIA se permite publicar en su página web el acta mediante la cual se declara electo al candidato, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición.”

Verificación Cooperativas 2024-2026

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“En atención a que PORKCOLOMBIA – FNP no recibió reclamaciones respecto al listado de habilitados para participar en el proceso, el listado final de candidatos habilitados para que sean postulados en la reunión de elección, así como de las cooperativas porcícolas del país habilitadas para ejercer el voto, son las relacionadas en la presente sección. Lo anterior dando cumplimiento al parágrafo 1 del artículo 8 del reglamento de la elección.” 

RESOLUCION No. 000235 de 2025_1

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Circulares

Circular 082-2024 Mantenimiento Programado - SNR

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Circular cuota de fomento 2024

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Circular 80 - 23 Interrupción - SNR

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Circular Cuota de Fomento 2023

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Circular Cuota de Fomento 2022

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Circular 78 - 21 Mantenimiento Programado SNR

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Circular Cuota de Fomento 2020

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Circular Cuota de Fomento 2019

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Circular Cuota de Fomento 2021

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Circular Cuota de Fomento 2018

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Circular Cuota de Fomento 2017

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Circular Cuota de Fomento 2016

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Circular 71 - 16 Interrupción SNR

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Circular Cuota de Fomento 2015

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Circular 7 - 16 Soporte SNR

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