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Elección cooperativas

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN DE LAS COOPERATIVAS QUE DESEEN PARTICIPAR EN LA JORNADA DE ELECCIÓN Y QUE DESEEN POSTULAR CANDIDATO. (Artículo 5.) Las cooperativas de porcicultores del país, que deseen participar en el proceso de elección y/o postular candidato a ser el representante de las Cooperativas Porcícolas ante la Junta Directiva del Fondo Nacional de la Porcicultura, deberán inscribirse ante PORKCOLOMBIA, en el término fijado para el efecto en el cronograma establecido en el presente reglamento.

Para esto deberá allegar el certificado de existencia y representación legal de la cooperativa, expedido por la autoridad competente con una antelación no mayor a treinta (30) días calendario a la fecha de inscripción, de conformidad con el cronograma establecido en el presente documento. En dicho documento deberá constar el cumplimiento de los siguientes requisitos:

A. Que su objeto social establezca el agrupar a personas que desarrollen actividades relacionadas con la porcicultura, así como el de representar y proteger sus intereses y los del sector.

B. Que, a la fecha de inscripción, la cooperativa cuenta como mínimo con tres (3) años de antigüedad, desde su registro.

C. Que la cooperativa se encuentre activa y no esté en proceso de liquidación y/o disolución.

 

REQUISITOS PARA SER TENIDO EN CUENTA COMO CANDIDATO POSTULADO POR LAS JUNTAS DIRECTIVAS DE LAS COOPERATIVAS QUE FUNCIONAN EN EL PAÍS. (Artículo 6.) La Junta Directiva de cada Cooperativa Porcícola solo podrá postular un (1) candidato, el cual deberá cumplir los siguientes requisitos:

A. Ser gravados con la contribución parafiscal de la porcicultura y estar a paz y salvo en el pago de la cuota al momento de la inscripción y elección. Este hecho será corroborado y validado por PORKCOLOMBIA.

B. No tener antecedentes penales, disciplinarios, de medidas correctivas o fiscales

C. No formar parte de la Junta Directiva o demás órganos de administración de la entidad administradora del Fondo Nacional de la Porcicultura.

D. Acreditar al menos ciento veinte (120) horas de formación en administración o gestión de empresas agropecuarias o pesqueras, mediante certificado expedido por instituciones de educación oficialmente reconocidas y/o Secretarías de Agricultura Departamentales. Este requisito se entenderá cumplido si se acredita título profesional o título de tecnólogo o de técnico profesional en áreas agropecuarias o pesqueras, expedidos por instituciones de educación superior oficialmente reconocidas. En caso de tener títulos de postgrados, será necesario que el postulado lo acredite al momento de la inscripción.

Parágrafo. La Cooperativa Porcícola interesada en postular candidato deberá, además, allegar al momento de su inscripción, los siguientes documentos:

  1. Certificación del Representante Legal o Revisor Fiscal, informando el nombre completo del postulado, la antigüedad en su asociación y en qué zona ejerce la actividad porcícola.
  2. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del postulado.
  3. Antecedentes disciplinarios (Procuraduría), judiciales (Policía), Medidas correctivas (Policía) y fiscales (Contraloría) del postulado, junto con los de su Representante Legal.
  4. Soportes de los requisitos establecidos en los literales a), b) y d) del presente artículo.
  5. Acta de la Junta Directiva donde conste la decisión.

PLAZO DE INSCRIPCIÓN DE COOPERATIVAS Y CANDIDATOS (Artículo 7):

Las Cooperativas Porcícolas que funcionen en el país que deseen participar en la jornada de votación deberán inscribirse para votar y, si fuera el caso, postular candidato a ser el representante de las mismas, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la apertura del proceso de selección, radicando la totalidad de la documentación relacionada en los artículos 5 y 6 del presente reglamento, en la oficina de correspondencia de PORKCOLOMBIA, ubicada en la Calle 37 No. 16 – 52 de la ciudad de Bogotá D.C., de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Igualmente, a través del email [email protected] y/o [email protected] caso en el cual deberá remitir por este medio electrónico toda la documentación obligatoria solicitada, la que podrá ser corroborada en cualquier momento por PORKCOLOMBIA.

Cronograma

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Acta Elección Representante Cooperativas

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“Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 15 del reglamento para la elección del miembro de junta directiva ante el Fondo Nacional de la Porcicultura como representante de las cooperativas que funcionan en el país, PORKCOLOMBIA se permite publicar en su página web el acta mediante la cual se declara electo al candidato, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición.”

Verificación Cooperativas 2024-2026

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“En atención a que PORKCOLOMBIA – FNP no recibió reclamaciones respecto al listado de habilitados para participar en el proceso, el listado final de candidatos habilitados para que sean postulados en la reunión de elección, así como de las cooperativas porcícolas del país habilitadas para ejercer el voto, son las relacionadas en la presente sección. Lo anterior dando cumplimiento al parágrafo 1 del artículo 8 del reglamento de la elección.” 

Reglamento

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Circulares

Circular 082-2024 Mantenimiento Programado - SNR

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Circular cuota de fomento 2024

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Circular 80 - 23 Interrupción - SNR

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Circular Cuota de Fomento 2023

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Circular Cuota de Fomento 2022

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Circular 78 - 21 Mantenimiento Programado SNR

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Circular Cuota de Fomento 2020

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Circular Cuota de Fomento 2019

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Circular Cuota de Fomento 2021

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Circular Cuota de Fomento 2018

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Circular Cuota de Fomento 2017

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Circular Cuota de Fomento 2016

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Circular 71 - 16 Interrupción SNR

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Circular Cuota de Fomento 2015

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Circular 7 - 16 Soporte SNR

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